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Carta solo con QR: qué exige la ley en España y cómo cumplir

9 min de lectura

No: en España el QR solo no basta. Qué piden Andalucía, Madrid y otras comunidades sobre carta, precios y alérgenos, y cómo tener el papel al día.

Abril de 2025, a las puertas de Semana Santa. Mientras los bares andaluces se preparaban para llenar terrazas, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía publicó una lista de prácticas ilegales en la hostelería. Entre el cubierto cobrado aparte y la propina obligatoria aparecía otra: ofrecer la carta de precios únicamente a través de un código QR. El motivo, en una línea: no todo el mundo tiene un teléfono inteligente, ni las habilidades digitales para usarlo.

Así que, a la pregunta del título, la respuesta corta: no, en España la carta solo con QR no basta. El QR puede estar, y es útil, pero como complemento de una carta que se lee sin móvil. Y según tu comunidad autónoma hay más: precios a la vista desde la calle, idiomas, tamaño de letra. Este artículo es una guía práctica, no asesoramiento legal: las normas cambian y dependen de dónde está tu local, así que confirma tu caso con tu asesor, tu asociación de hostelería o el servicio de consumo de tu comunidad. Las fuentes las hemos consultado en septiembre de 2026.

Qué dicen las administraciones

En 2020, una orden del Ministerio de Sanidad para la desescalada pedía evitar «el uso de cartas de uso común» y optar por dispositivos electrónicos propios, pizarras o carteles. Era una medida de aquella emergencia, no una regla para siempre. Hoy, las administraciones que se han pronunciado sobre el QR dicen otra cosa:

  • Andalucía. La Junta recuerda que los precios deben exponerse mediante cartas de comidas y bebidas o listas de precios, con murales o pizarras como apoyo, y que el QR «debe considerarse como un modo de consulta complementario». Detrás está el Decreto 198/1987, la norma andaluza de información al consumidor en bares y restaurantes.
  • Comunidad de Madrid. Su Portal del Consumidor responde a la pregunta de si pueden darte la carta mediante un código QR con un «Sí, pero no de manera exclusiva». Y añade dos cosas: con QR, platos, precios y alérgenos tienen que estar disponibles de forma clara y accesible para quien no puede usar medios digitales; y no se puede obligar al cliente a registrarse ni a dar su correo o su teléfono para ver la carta.
  • La base estatal. Madrid se apoya en la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, cuyo artículo 20.2 pide que la información de la oferta llegue «en un formato que garantice su accesibilidad», sobre todo a las personas consumidoras vulnerables. Es una ley de todo el país: aunque tu comunidad no haya dicho nada del QR, la lectura prudente es la misma.

Precios a la vista desde la calle: depende de tu comunidad

Aquí no hay una regla única: cada comunidad tiene su norma de restauración. Tres ejemplos, leídos en sus boletines oficiales:

  • Andalucía (Decreto 198/1987): en los restaurantes, de cualquier categoría, la carta o lista de precios va dentro y fuera; en los bares basta dentro. En castellano, con letras y cifras de al menos tres milímetros y protegida de la intemperie. En los restaurantes con servicio en mesa, la carta con todo lo que se ofrece y sus precios se entrega al cliente antes de servir.
  • Castilla y León (Decreto 12/2016): los restaurantes exhiben cartas y menús con sus precios «en lugar claramente visible al público desde el exterior», y en los precios debe constar la expresión «Impuesto sobre el Valor Añadido incluido».
  • Comunitat Valenciana (Decreto 36/2023, en su texto publicado): precios legibles fuera y dentro en restaurantes y en bares con comida; los bares sin comida, solo dentro. Y la carta, «tanto en formato en papel, como digital», en las dos lenguas oficiales y al menos en una extranjera, prioritariamente el inglés; la digital, en formato accesible.

En Cataluña, la Agència Catalana del Consum recuerda que el cliente tiene derecho a recibir la carta en catalán. Y en todo el país el precio anunciado es el final, con impuestos incluidos.

Un detalle práctico: un QR pegado en la puerta no es una lista de precios. Donde tu comunidad pide precios fuera, lo prudente es que quien pasa por la acera pueda leerlos sin sacar el móvil.

¿Y los alérgenos? ¿Pueden ir solo en el QR?

Aquí la norma es estatal: el Real Decreto 126/2015, que aplica a la comida sin envasar el Reglamento (UE) 1169/2011, y que para bares y restaurantes deja una información obligatoria por encima de todas: los 14 alérgenos.

El decreto es flexible con el medio. Su artículo 6.5 admite «otros medios apropiados», con condiciones:

  • que el cliente pueda consultarlos antes de que termine la compra;
  • que no le supongan un coste adicional;
  • si la información se da de palabra, que exista un registro escrito o electrónico en el local, fácil de consultar para el personal, la inspección y el cliente que lo pida;
  • y un aviso visible que diga dónde está la información o que se puede preguntar al personal.

La guía de la AESAN sobre este decreto pone como ejemplos de esos medios «un menú o carta» o un recetario, además de la información oral. Y cierra dos atajos: no vale decir que no se conocen los alérgenos, ni avisar de forma genérica de que todo puede contenerlos.

¿Entonces el QR vale? Como uno de los medios, sí. Como único medio es difícil de defender: el cliente sin móvil, o sin batería, tiene que llegar a la misma información a tiempo y sin coste, y Madrid lo dice expresamente de los alérgenos. Lo sensato: alérgenos en el QR y en papel, en la carta impresa con números y leyenda o en una tabla de alérgenos, con un equipo que sabe dónde está. Cómo montarla plato a plato lo explicamos en la guía de la tabla de alérgenos.

Pensar en quien no usa el móvil

La razón de fondo no es burocrática, y la Junta de Andalucía la dio tal cual: no todas las personas tienen un teléfono inteligente ni las habilidades para usarlo. Piensa en el cliente mayor que come solo cada jueves, en el turista sin datos, en quien se ha quedado sin batería a media tarde. Algunas normas lo bajan a tierra: la valenciana pide la carta digital en formato accesible, y la castellanoleonesa exige carta en braille a los restaurantes de cinco y cuatro tenedores.

Para tu QR eso significa una página que se abre sin descargar nada y sin registro, con texto que se puede ampliar, y al lado, siempre, la alternativa en papel. Sobre dónde colocar el código y cómo imprimirlo, tienes la guía práctica de códigos QR.

Cómo tener una carta digital que aguanta un control

Lo que funciona es tratar el QR y el papel como dos caras de la misma carta, no como dos cartas. Una lista para repasar:

  1. Una sola fuente. Los cambios se hacen en un único sitio, y de ahí salen el QR y la hoja impresa. Si mantienes un documento para imprimir y otra herramienta para el QR, antes o después dirán precios distintos.
  2. Copias impresas al día, a mano. Las suficientes para entregarlas en mesa a quien la pida, o a todos si tu comunidad lo exige. Cada vez que cambias un plato o un precio: publicas, imprimes y retiras las viejas.
  3. Precios fuera, si tu comunidad lo pide. Una hoja protegida del sol y de la lluvia, a la altura de los ojos, con letra legible.
  4. Precio final. Impuestos incluidos, y la mención del IVA si tu norma la exige.
  5. Alérgenos en los dos soportes, con la misma información, más el aviso de «pregunte al personal».
  6. Idiomas. El castellano siempre; en Cataluña, el catalán si el cliente lo pide; en la Comunitat Valenciana, las dos lenguas oficiales y una extranjera. Para el resto, la guía para traducir la carta.
  7. Las sobras para llevar. La Ley 1/2025, de prevención del desperdicio alimentario, pide informar de que el cliente puede llevarse lo que no ha consumido, «preferentemente en la carta o el menú»: que esté en el QR y en el papel.
  8. Una copia de control. Guarda la última hoja impresa con la fecha escrita a mano: si alguien pregunta qué carta tenías ese día, la tienes.

Cómo se hace con Menudetto

Menudetto es una carta digital con QR que editas escribiendo o hablando en un chat. Para este problema concreto:

  • Imprimir en un toque. La pantalla Imprimir menú saca en A4 la carta que estás editando, con los números de alérgenos junto a cada plato y la leyenda al pie; imprimes o guardas en PDF desde el navegador.
  • No imprime una carta a medias. Si algún plato tiene los alérgenos sin revisar, el botón se bloquea hasta que los revisas; y si imprimes igualmente desde el navegador, la hoja sale marcada como BORRADOR.
  • Los documentos por correo. Al publicar puedes pedir que te lleguen la carta en PDF, el QR para las mesas y la lista de alérgenos.
  • El QR no cambia. Cambias un precio, vuelves a publicar y el código de las mesas sigue siendo el mismo. Imprime después de publicar: así papel y QR dicen lo mismo.
  • Alérgenos: en el plan gratuito los marcas tú; con Pro, Menudetto propone los de cada plato y tú los confirmas. Mientras no los confirmas, el QR los muestra como «por verificar».
  • Idiomas: 6 en el plan gratuito y 33 con Pro, en la página del QR.

Lo que no hace, dicho claro: la hoja impresa sale en el idioma en que escribes la carta (las traducciones viven en el QR); no hay un espacio de avisos al pie, así que la mención del IVA o el aviso de las sobras van, por ahora, en un cartel; y no conoce por ti la norma de tu comunidad ni sustituye a tu asesor. Si quieres ver tu carta en papel y en QR a la vez, crea tu cuenta gratis.

En resumen

En España la carta solo con QR no basta: Andalucía y Madrid lo dicen expresamente, y la ley estatal de consumidores pide información en formato accesible. Si hay que poner precios fuera, en qué idiomas y con qué letra depende de tu comunidad. Los alérgenos pueden estar en el QR, pero no solo ahí. La solución no es renunciar al QR: es que papel y pantalla salgan de la misma fuente y digan lo mismo. Guía práctica, no asesoramiento legal.

Preguntas frecuentes

¿Es legal tener la carta solo con código QR en España?

No como único medio. La Junta de Andalucía considera ilegal ofrecer la carta de precios únicamente a través de un código QR, y el Portal del Consumidor de la Comunidad de Madrid responde que el QR vale «pero no de manera exclusiva». La Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (artículo 20.2) pide que la información llegue en un formato accesible. Confirma tu caso con tu asesor o con el servicio de consumo de tu comunidad.

¿Tengo que poner los precios fuera del restaurante?

Depende de la comunidad. En Andalucía los restaurantes deben tener la carta o lista de precios dentro y fuera (Decreto 198/1987); en Castilla y León, visible desde el exterior (Decreto 12/2016); en la Comunitat Valenciana, fuera y dentro también en los bares con comida (Decreto 36/2023). Donde se piden precios fuera, lo prudente es que un QR en la puerta no sea la única forma de verlos: la lista tiene que poder leerse sin móvil.

¿Puedo tener los alérgenos solo en el QR?

El Real Decreto 126/2015 admite medios distintos del cartel si el cliente puede consultarlos antes de que termine la compra y sin coste adicional, con un aviso visible de dónde consultar la información. Como el cliente sin móvil también tiene que llegar a ella, lo prudente es tener los alérgenos en el QR y también en papel, en la carta impresa o en una tabla de alérgenos, con el personal informado.

¿Qué hago con los clientes que no tienen smartphone?

Ofrecerles la misma carta en papel, al día, sin que tengan que insistir. Es la razón que da la Junta de Andalucía: no todo el mundo tiene teléfono inteligente ni habilidades digitales. Y, según la Comunidad de Madrid, tampoco se puede exigir registro ni datos personales para consultar la carta o los precios.

¿Cómo mantengo la carta impresa igual que la del QR?

Con una sola fuente: cambias el plato o el precio en un único sitio, publicas y reimprimes desde ahí, retirando las copias viejas. Con Menudetto, la pantalla Imprimir menú saca la carta en A4 con los alérgenos, y al publicar puedes recibir por correo la carta en PDF, el QR y la lista de alérgenos.

Carta solo con QR: qué exige la ley en España y cómo cumplir